Normativa

Multas SUNAT por No Facturar Electronicamente: Montos, Sanciones y Como Evitarlas

14 de marzo de 20269 min de lecturaEquipo Innvoice
Persona firmando documentos legales - multas SUNAT

No cumplir con la facturacion electronica en Peru puede costarte caro. SUNAT aplica multas que van desde cientos hasta miles de soles, e incluso puede ordenar el cierre temporal de tu negocio. En este articulo te explicamos cuales son las multas vigentes en 2026, como funciona el regimen de gradualidad para reducirlas y que medidas puedes tomar para evitar sanciones.

¿Es obligatoria la facturacion electronica en Peru?

Si. La facturacion electronica es obligatoria para la gran mayoria de los contribuyentes en Peru desde hace varios años, y en 2026 la cobertura es practicamente total.

SUNAT ha implementado la obligatoriedad de forma progresiva desde 2014, incorporando cada año a mas contribuyentes al sistema de emision electronica. A traves de la Resolucion de Superintendencia N° 300-2014/SUNAT y sus modificatorias, se establecio el Sistema de Emision Electronica (SEE) y los mecanismos de designacion de emisores electronicos.

En 2026, estan obligados a emitir comprobantes electronicos los contribuyentes del Regimen General, Regimen MYPE Tributario, Regimen Especial de Renta y todos aquellos que hayan sido designados expresamente por SUNAT. La unica excepcion parcial es el Nuevo Regimen Unico Simplificado (NRUS), aunque incluso estos contribuyentes pueden optar por la emision electronica voluntaria.

Atencion: si estas obligado a emitir comprobantes electronicos y sigues haciendolo en formato fisico, SUNAT puede considerar que no estas emitiendo comprobantes validos. Esto te expone a las mismas multas que por no emitir comprobantes de pago.

¿Cuales son las infracciones y sanciones por no facturar electronicamente?

El Codigo Tributario peruano establece varias infracciones relacionadas con la emision de comprobantes de pago. Las mas relevantes para la facturacion electronica son:

Articulo 174° — Infracciones relacionadas con comprobantes de pago

  • Numeral 1: No emitir y/o no otorgar comprobantes de pago o documentos complementarios, incluyendo el no emitir comprobantes electronicos estando obligado. Sancion: 1 UIT o cierre temporal.
  • Numeral 2: Emitir y/u otorgar documentos cuyo formato no reuna los requisitos y caracteristicas para ser considerados comprobantes de pago. Esto aplica si emites comprobantes fisicos cuando debias emitir electronicos. Sancion: 50% de la UIT o cierre temporal.
  • Numeral 3: Emitir y/u otorgar comprobantes de pago o documentos complementarios que no correspondan al regimen del deudor tributario. Sancion: 50% de la UIT o comiso de bienes.

Articulo 176° — Infracciones relacionadas con declaraciones

  • Numeral 1: No presentar las declaraciones que contengan la determinacion de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos. Sancion: 1 UIT.
  • Numeral 2: No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos. Sancion: 30% de la UIT o 0.6% de los ingresos netos.

Articulo 175° — Infracciones relacionadas con libros y registros

  • Numeral 2: Llevar los libros de contabilidad sin observar la forma y condiciones establecidas. Sancion: 0.3% de los ingresos netos.
  • Numeral 10: No registrar o anotar dentro de los plazos los ingresos, rentas, patrimonio y demas operaciones. Sancion: 0.6% de los ingresos netos.

Nota importante: las sanciones varian segun el regimen tributario del contribuyente. Las multas indicadas arriba corresponden al Regimen General (Tabla I del Codigo Tributario). Para el Regimen Especial y el Regimen MYPE Tributario, los montos son menores pero igualmente significativos.

Documentos y multas tributarias SUNAT

Tabla de multas SUNAT actualizadas 2026

La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para 2026 es de S/ 5,350. Con base en este valor, estas son las multas aplicables por las infracciones mas comunes relacionadas con la facturacion electronica:

InfraccionRegimen GeneralRegimen Especial / RMT
No emitir comprobantes electronicos (Art. 174° Num. 1)1 UIT (S/ 5,350) o cierre50% UIT (S/ 2,675) o cierre
Emitir sin requisitos legales (Art. 174° Num. 2)50% UIT (S/ 2,675) o cierre25% UIT (S/ 1,338) o cierre
Comprobantes que no corresponden al regimen (Art. 174° Num. 3)50% UIT (S/ 2,675) o comiso25% UIT (S/ 1,338) o comiso
No presentar declaracion determinativa (Art. 176° Num. 1)1 UIT (S/ 5,350)50% UIT (S/ 2,675)

Ejemplo practico: si tu negocio esta en el Regimen General y SUNAT detecta que no estas emitiendo comprobantes electronicos, la multa base es de S/ 5,350. Sin embargo, si te acoges al regimen de gradualidad y subsanas voluntariamente, puedes pagar tan solo S/ 535 (con 90% de descuento). La diferencia es enorme.

Ademas de las multas pecuniarias, SUNAT puede aplicar el cierre temporal del establecimiento, que va de 1 a 10 dias calendario. El cierre es especialmente comun en casos de reincidencia o cuando SUNAT detecta la infraccion durante una fiscalizacion presencial.

Es importante recordar que las multas no pagadas generan intereses moratorios a una tasa del 0.9% mensual (Tasa de Interes Moratorio - TIM), lo que puede incrementar significativamente el monto a pagar si no se atiende la sancion a tiempo.

¿Como funciona el regimen de gradualidad?

El regimen de gradualidad es un mecanismo legal que permite a los contribuyentes obtener descuentos significativos en las multas impuestas por SUNAT, siempre que subsanen la infraccion y paguen la multa dentro de ciertos plazos. Esta regulado por la Resolucion de Superintendencia N° 063-2007/SUNAT y sus modificatorias.

Los descuentos disponibles dependen del momento en que el contribuyente subsana la infraccion:

Momento de la subsanacionDescuentoEjemplo (multa base S/ 5,350)
Voluntaria (antes de que SUNAT te notifique)90%Pagas S/ 535
Despues de notificacion, antes del requerimiento70%Pagas S/ 1,605
Despues del requerimiento50%Pagas S/ 2,675

Para acogerte al regimen de gradualidad, debes cumplir dos condiciones:

  1. Subsanar la infraccion: esto significa corregir la situacion que genero la multa. En el caso de facturacion electronica, significa empezar a emitir comprobantes electronicos correctamente.
  2. Pagar la multa rebajada: el pago debe realizarse en la misma fecha en que se presenta la subsanacion o, en el caso de subsanacion voluntaria, al momento de realizar el pago.

Clave: la subsanacion voluntaria (antes de cualquier notificacion de SUNAT) es siempre la mejor opcion. No solo obtienes el mayor descuento (90%), sino que tambien evitas el estres y los costos adicionales de un procedimiento de fiscalizacion.

Dashboard de negocio con métricas y gráficos

¿Como evitar multas de SUNAT por facturacion electronica?

La mejor estrategia es la prevencion. Aqui van las medidas concretas que puedes tomar para evitar sanciones:

1. Usa un sistema de facturacion confiable

Elige una plataforma que automatice la generacion, firma y envio de comprobantes a SUNAT. Un buen sistema como Innvoice valida los datos del receptor, calcula correctamente los impuestos y envia los comprobantes en tiempo real, eliminando la posibilidad de errores humanos.

2. Mantén tu certificado digital vigente

Lleva un control de la fecha de vencimiento de tu certificado digital. Programate una alerta al menos 30 dias antes del vencimiento para renovarlo sin interrupciones. Sin certificado vigente, no puedes firmar comprobantes y SUNAT los rechazara.

3. Verifica siempre la CDR

Despues de cada emision, asegurate de que la Constancia de Recepcion (CDR) indique "Aceptado". Si el comprobante fue rechazado u observado, corrige el error inmediatamente. Los sistemas como Innvoice te notifican automaticamente si hay algun problema con un comprobante.

4. Emite dentro del plazo

No dejes acumular comprobantes. Emite en el momento de la operacion o, como maximo, dentro de los 7 dias calendario siguientes. Un sistema en la nube te permite emitir al instante desde cualquier dispositivo.

5. Capacita a tu equipo

Si tienes empleados que emiten comprobantes, asegurate de que conozcan el proceso correcto y los datos que deben verificar. Un error del personal puede generar una multa para tu negocio.

6. Haz revisiones periodicas

Al menos una vez al mes, revisa tus comprobantes emitidos y verifica que todos hayan sido aceptados por SUNAT. Cruza la informacion con tus registros contables para detectar inconsistencias a tiempo.

¿Que hacer si ya recibiste una multa de SUNAT?

Si SUNAT ya te notifico una multa por incumplimiento en la facturacion electronica, estos son los pasos que debes seguir:

  1. No ignores la notificacion. Ignorar una multa de SUNAT solo genera intereses moratorios y puede escalar a medidas de cobranza coactiva (embargo de cuentas bancarias, retencion de bienes).
  2. Identifica la infraccion exacta. Lee la resolucion de multa con atencion para entender que infraccion se te imputa, el fundamento legal y el monto. Esto es clave para saber como proceder.
  3. Subsana la infraccion inmediatamente. Si aun no estas emitiendo comprobantes electronicos, comienza a hacerlo ahora. Contrata un sistema de facturacion, configura tu certificado digital y emite tu primer comprobante electronico.
  4. Acogete al regimen de gradualidad. Si estas dentro de los plazos, solicita la rebaja de la multa segun el momento de la subsanacion. Recuerda que necesitas tanto subsanar como pagar para obtener el descuento.
  5. Paga la multa rebajada. Realiza el pago utilizando el formulario y codigo de tributo correspondiente. Puedes pagar en linea a traves de SUNAT Operaciones en Linea o en cualquier banco autorizado.
  6. Consulta con un profesional. Si la multa es elevada o si consideras que fue impuesta injustamente, consulta con un contador o abogado tributarista. Puedes presentar un recurso de reclamacion ante SUNAT dentro de los 20 dias habiles siguientes a la notificacion.

Recuerda: la mejor forma de evitar multas es no tener que lidiar con ellas. Implementar un sistema de facturacion electronica confiable desde el inicio te ahorra dinero, tiempo y preocupaciones. Innvoice te permite empezar a facturar electronicamente en minutos, con todo lo que necesitas para cumplir con SUNAT.

Preguntas frecuentes

La multa por no emitir comprobantes de pago electronico esta tipificada en el numeral 1 del articulo 174 del Codigo Tributario. Para el Regimen General, la sancion es de 1 UIT (S/ 5,350 en 2026) o cierre temporal del establecimiento. Para el Regimen Especial es de 50% de la UIT (S/ 2,675).

Si. SUNAT puede aplicar el cierre temporal del establecimiento como sancion alternativa a la multa, especialmente en casos de reincidencia. El cierre puede ser de 1 a 10 dias calendario dependiendo de la gravedad y la frecuencia de la infraccion.

El regimen de gradualidad permite obtener descuentos de hasta el 90% en la multa si subsanas voluntariamente antes de que SUNAT te notifique. Si subsanas despues de la notificacion pero antes del requerimiento, el descuento es del 70%. Despues del requerimiento, el descuento baja al 50%.

Si estas obligado a emitir comprobantes electronicos y sigues emitiendo en formato fisico, SUNAT puede considerar que no estas emitiendo comprobantes validos. Esto te expone a las mismas multas que por no emitir comprobantes: hasta 1 UIT o cierre temporal.

Si. Las multas no pagadas dentro del plazo generan intereses moratorios calculados con la Tasa de Interes Moratorio (TIM) vigente, que es del 0.9% mensual o 0.03% diario. Por eso es importante pagar o acogerse a la gradualidad lo antes posible para evitar que el monto aumente.

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